Acaban de publicar, hoy mismo, en la página web oficial de la Unión Europea, en el llamado "Intergrupo de Derechos LGTB" la confirmación sobre asilo y homosexualidad. ¿Qué es lo que debe de hacer la Unión Europea en estos casos?
Miércoles, 03 de diciembre 2014
Ayer, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictaminó que las autoridades, al verificar la orientación sexual de un solicitante de asilo, siempre deben cumplir con la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea TJUEEl determinó en la Corte, después que las autoridades holandesas se negaran a conceder asilo a tres nacionales de terceros países, que buscaban asilo sobre la base del temor de persecución en su país de origen en relación con su homosexualidad. El holandés Raad van State (Consejo de Estado) pidió un pronunciamiento sobre qué límites son impuestos por la legislación comunitaria relativa a la verificación de la orientación sexual de los solicitantes.
En su sentencia, la Corte con sede en Luxemburgo establece que mientras declaraciones del solicitante son el punto de partida de la evaluación, pueden requerir confirmación. Sin embargo, en la verificación de la orientación sexual de la demandante, la dignidad humana y el derecho a la vida privada y familiar debe ser respetado.
Esto significa que al no responder a las preguntas relacionadas con las nociones estereotipadas de la homosexualidad no puede ser una razón suficiente para rechazar a un solicitante.
También las cuestiones relativas a las prácticas sexuales de la demandante infringen el derecho al respeto a la vida privada y familiar, y, como tales, no se ajusta a la Carta de los Derechos Fundamentales.
Por otra parte, la presentación de los solicitantes de asilo a ciertas "pruebas" sobre su orientación sexual, infringiría la dignidad humana y constituyen una violación a la Carta.
Por último, la Corte dictaminó que la divulgación de la orientación sexual de un solicitante no debe afectar a la credibilidad del solicitante.
"Me alegro de que los solicitantes de asilo ya no se enfrentarán a decisiones basadas en los estereotipos, los prejuicios y las pruebas degradantes, que supuestamente prueban la homosexualidad. Es hora de que todos los Estados miembros establezcan métodos de verificación que respeten los derechos fundamentales de los solicitantes de asilo. Esta decisión de la Corte es un impulso importante en esa dirección ".
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