Utilizar lenguaje grosero y ofensivo para referirse a una persona homosexual, hacerlo en público y de manera constante, es un acto de discriminación inaceptable, determinó la Corte Constitucional.
Al fallar una tutela, la Corte protegió los derechos de un hombre que era constantemente agredido verbalmente por once de sus vecinos en Barranquilla, que en reiteradas ocasiones se referían a él como"marica?,"mariquita? o"maricón"
La Corte utilizó grabaciones de las zonas comunidades de la unidad residencial, a las cuales dio validez por tratarse de un espacio semi-privado, en donde se evidenció cómo los vecinos utilizaban adjetivos que se refieren a la orientación sexual diversa del actor de forma peyorativa y con una clara motivación descalificatoria.
La Corte señaló que es un caso de evidente discriminación, no solo porque los términos que se usan, sino porque encierran una serie de estereotipos y prejuicios que tienden a la invisibilizarían de conductas arbitrarias. Además, porque se usaron en un sentido insultante y violento en contra de una persona que ha expresado abiertamente su homosexualidad.
"El uso del lenguaje obedece a la facultad racional de los seres humanos, no resulta admisible para esta Corporación que el mismo sea orientado de tal forma que se constituyan actos discriminatorios a través de expresiones verbales cuya motivación es la ofensa en razón de condiciones personalísimas, como lo es la orientación sexual diversa, que a su vez tienen una especial protección constitucional, comoquiera que su desconocimiento haría nugatorio el desarrollo de una vida en condiciones de dignidad?, dice el fallo.
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