El TC avala que las parejas homosexuales pagasen más impuestos de sucesiones Rechaza así la cuestión planteada por el Supremo, que planteó si la Ley del Impuesto de Sucesiones, que prevé reducciones para "cónyuges", vulneró la igualdad de los homosexuales, dado que no pudieron casarse hasta 2005.
El TC se remite al fallo de 2014 que denegó la pensión de viudedad a un homosexual que convivió con su pareja durante 40 años pero no pudo casarse con él.
El Tribunal Constitucional ha establecido que no vulnera la Constitución el hecho de que las parejas homosexuales no pudiesen acceder a determinadas reducciones en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones al no poder casarse antes de que se aprobase la Ley del matrimonio homosexual en 2005. El Constitucional, en un auto al que ha tenido acceso Efe, rechaza la cuestión que sobre este asunto presentó la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, que planteó si la Ley del Impuesto de Sucesiones y Donaciones, que prevé reducciones para "cónyuges", vulneró los derechos a la igualdad y a un sistema tributario justo de las parejas homosexuales, dado que éstas no pudieron casarse hasta 2005.
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