La comunidad sexo diversa venezolana alegó que por no haber recibido respuestas de la Asamblea Nacional por más de un año, acudieron al Tribunal Supremo de Justicia para que la instancia respaldara su petición, así como lo han hecho órganos judiciales de otros países latinoamericanos.
La comunidad LGBT venezolana respalda la decisión de aceptar la demanda de nulidad del artículo 44 del Código Civil.
Luego de recoger 21.000 firmas durante seis meses en todo el país que fueron entregadas el 31 de enero de 2014 a la Asamblea Nacional (AN) para introducir un proyecto de ley que anulase el artículo 44 del Código Civil (CC) venezolano, y no recibir hasta la fecha una respuesta del Parlamento; la Asociación Civil Venezuela Igualitaria recurrió al Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) para introducir una demanda de nulidad por considerar inconstitucional esta normativa.
Un año y tres meses después de esta petición hecha al TSJ (29 de enero de 2015), esta instancia aprobó tal petición contra la única norma que prohíbe a las parejas homosexuales casarse con total normalidad en Venezuela y recibir los beneficios del matrimonio.
De anularse el artículo 44, “los heterosexuales no pierden derechos porque a nosotros se nos dé derechos, sino que estamos construyendo una patria más justa, donde todas y todos seamos iguales”, mencionó.
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