Un mes después de que la Corte Constitucional les negó a las parejas homosexuales la posibilidad de adoptar si el menor no es hijo biológico de uno de los dos, el Gobierno, a través del ministro de Justicia, Yesid Reyes, sentó una posición que invita a las cortes a legislar a favor de la igualdad.
“No existe ningún motivo jurídico que justifique el cercenamiento de derechos y libertades a la población LGBTI, y por tanto se debe reconocer la posibilidad jurídica de acceder al matrimonio, a la adopción y a todos los otros aspectos de la vida que se les han visto negados con base en criterios discriminatorios e inaceptables”, dijo Reyes, según publican en la página web eltiempo.com
La afirmación quedó consignada en un concepto enviado a la Corte Constitucional, en medio de la revisión que ese alto tribunal está haciendo de una tutela de una pareja gay.
Esta se relaciona con la negativa de tres autoridades de darles el registro civil a dos menores nacidos en el extranjero y que fueron reconocidos en Estados Unidos como hijos de la pareja homosexual de colombianos.
Reyes dijo en su concepto que se han vulnerado los derechos fundamentales a la igualdad, el libre desarrollo, la no discriminación, la salud, la educación y la nacionalidad. La tutela llegó a la Corte Constitucional en octubre del año pasado y es estudiada por la magistrada Gloria Stella Ortiz Delgado. En ella se afirma que al menos dos notarías, la Registraduría Nacional y el Consulado de Colombia en Los Ángeles se han negado a darles a los dos niños el registro civil de nacimiento y a reconocerlos como colombianos por ser de la pareja gay. Esto, pese a que la Constitución colombiana prohíbe la discriminación por razones de raza o sexo.
El jefe de la cartera de Justicia invitó a las altas cortes a que “reconozcan y materialicen el compromiso que adquirió la Constitución del 91 con la diversidad sexual y de género”.
En el caso de los dos menores, Reyes afirmó que “la falta de reconocimiento de la paternidad biológica de los señores accionantes, mediante la no inscripción del registro civil, se traduce en un déficit de protección de los dos menores, que no les permite el goce efectivo de sus derechos y que carece de cualquier justificación”.
Reyes afirma también que, “en Colombia, los hijos de padres colombianos tienen derecho a la nacionalidad, siempre que se domicilien aquí o se registren en la oficina consular”.
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