Informe sobre las condiciones sociales y legales de las personas solicitantes de protección internacional por razones de orientación sexual o identidad de género
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Las personas trans con estatuto de refugiadas no pueden cambiar su nombre en la documentación que lo acredita si no lo hacen antes en el país de origen
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Los tabúes, traumas y la homofobia sentida hacen que muchas personas solicitantes de asilo tengan dificultades para contar sus vivencias. En algunos casos no cuentan siquiera con palabras en su idioma nativo para definir quiénes son
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La información de los países de origen que se emplea en la valoración de solicitudes está muy centrada en el colectivo de hombres homosexuales y se produce de facto un reduccionismo
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En las entrevistas del procedimiento de concesión de asilo los casos de las personas no binarias y bisexuales siguen siendo los que cuentan con más dificultades
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Se evidencia falta de formación en materia LGTBI+ para que los agentes de los cuerpos de seguridad y los equipos de intérpretes y el conjunto de agentes que participan en el procedimiento
Ser lesbiana, gay, trans, bisexual o intersexual, tener una identidad no binaria, es una amenaza constante en muchas partes del mundo. En 77 países es considerado ilegal, en una decena de ellos se enfrentan a penas de muerte. España es uno de los lugares donde pueden buscar refugio frente a la persecución y la intolerancia, pero queda mucho camino por recorrer.
Accem publica un análisis de situación que detecta carencias de formación y problemas a la hora de abordar las solicitudes de protección de personas LGTBI+.
Accede al estudio de Accem sobre “Condiciones sociales y legales de las personas solicitantes de protección internacional y refugiadas LGTBI en España.