No lo puedo evitar, y de vez en cuando me gusta publicar en nosgustas.com algunos artículos en los que la homofobia impera de una manera exagerada. En este caso, con un titular más que discutible, y con unas explicaciones que falsean la resolución del Tribunal de Estrasburgo (pinchad aquí para leer lo que explicó este Tribunal), Evangelina Pilar del Sol, columnista de El diario de Hoy, habla, añadiendo demasiadas cuestiones a la resolución de un Tribunal Europeo.
En su texto añade cuestiones religiosas, morales y personales para avisar a sus conciudadanos salvadoreños sobre lo malo del matrimonio homosexual.
El Tribunal de Estrasburgo lo único que ha dicho es que "el matrimonio igualitario" no es un derecho fundamental, y esto significa que cualquier país europeo tiene la posibilidad de legalizarlo o no, y no entra en cuestiones morales, religiosas ni de otra índole como la columnista que firma el texto que os muestro a continuación:
Tribunal de DD. HH. más importante del mundo: “No existe el matrimonio gay”
No se trata de aceptar o no la homosexualidad, pero sí de confirmar que la unión del matrimonio es de hombre y mujer desde nuestra creación y tergiversar esto por la unión gay es negativo y desvía el sentido de la naturaleza.
Por Evangelina del Pilar de Sol*
30.jul.2016 | 19:43
Por unanimidad, los 47 jueces de los 47 países integrantes del Tribunal de Derechos Humanos más importante del mundo: “Tribunal de Estrasburgo” (Consejo de Europa), dictó sentencia de enorme relevancia el mes pasado. SUS 47 JUECES han aprobado el fallo que establece que no existe ningún derecho al matrimonio homosexual. El dictamen está fundamentado en un sinfín de considerandos filosóficos, antropológicos, basado en el orden natural, el sentido común, informes científicos, y claro, en el derecho positivo. Dentro de este último, la sentencia se apoyó fundamentalmente en el Artículo 12 del “Convenio Europeo de Derechos Humanos”. Dicho artículo corresponde a los artículos de los tratados sobre derechos humanos firmados por varios países en el artículo No. 17 del Pacto de San José y al No. 23 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
Esta histórica resolución (pero NADA DIFUNDIDA mediáticamente) también dice que la noción de familia no solo contempla el concepto tradicional del matrimonio —la unión de un hombre y una mujer— sino que no se debe imponer a ningún estado la “obligación de abrir el matrimonio a personas del mismo sexo”.
En cuanto al principio de no discriminación, el Tribunal especificó que no hay tal discriminación dado que “los Estados son libres de reservar el matrimonio únicamente a parejas heterosexuales”. Específicamente quisieron preservar la institución natural del matrimonio.
La opinión unánime de 47 jueces de 47 diferentes países del Consejo de Europa dejan claro que hay un grave error por parte de presidentes y de Supremas Cortes de Justicia del mundo en su interpretación de lo que es el matrimonio y en el significado de lo que es discriminar. Aquí no se trata de aceptar o no la homosexualidad, pero sí de confirmar que la unión del matrimonio es de hombre y mujer desde nuestra creación y tergiversar esto por la unión gay es negativo y desvía el sentido de la naturaleza, solo el hombre y la mujer tienen el derecho a formar una familia para amarse y procrear a sus hijos. La relación entre personas del mismo sexo, es solo eso, una relación.
De esta forma, esta importantísima sentencia, impugna persuasivamente, congelando la incesante propaganda de los grupos LGBTI (Lesbianas/Gays/Bisexuales/Transexuales/Intersexuales) que hacen parecer la aprobación del “matrimonio gay” como un “avance imparable y desarrollo cultural” al que afirman que solo se resisten, impulsados por profunda homofobia, un puñado de países, cuando realmente, de los 193 países conformantes de la ONU, —¡OJO, salvadoreños!—, solamente 17 de ellos legalizó éste.
Desde nosgustas.com obviamente no nos gustó esta Resolución de nuestro Tribunal, pero los añadidos y falsedades que se cuentan en este texto, incluyendo apreciaciones personales y muy religiosas no tienen en absoluto nada que ver con la recomendación del Tribunal de Estrasburgo.
Para terminar de leer el texto, publicado en la página web elsalvador.com, pinchad aquí.